El anteproyecto de ley de Patrimonio Histórico, a punto parece de ir al Consejo de Ministros para de él salir convertido en proyecto, camino de la carrera de San Jerónimo y a la espera de su segura aprobación. ¿Por que y para qué Ante mis ojos obra el último borrador (recién salido a la "luz privada") y la pregunta sigue en pie al no haberse producido, me creo, modificación de causa, fin o mera oportunidad en relación con los cuatro o cinco que en apenas siete años le han precedido ¿Ha agotado acaso toda su virtualidad la norma vigente, la ejemplar y unánimemente celebrada ley de 1933? ¿Quién hablaría de una efectiva voluntad de cumplimiento? ¿Puso alguien los medios objetivos para hacerla cumplir? Y siga usted preguntando, que nadie (¡nadie!) le dará cumplida respuesta.
Tirios y troyanos coinciden en ensalmar la ley del 33, al tiempo que se empeñan en suplantarla cor olía que se avenga —dicen, rizando el rizo de la paradoja— a lo mas y mejor de su lena y a la totalidad de su espíritu. No, no creo que haya otro caso de unanimidad de juicio e injustificado "propósito de enmienda", ni contradicción mas peregrina que abatir (y la cosa va esta vez en serio) aquello mismo que se exalta. Desde hace siete años consecutivos ministros de Cultura (seducidos por no se sabe que timbre de prestigio) vienen obstinándose en hacer suyo el juego de los despropósitos a tenor de este momento llega el nuevo titular: se deshace en elogios sobre la ley del 33 y. acto seguido, propone la elaboración de otra que se parezca (cuanto mas mejor) a la que ha decidido abolir.
La historia comenzó así. En 1977 se produce en la catedral de Oviedo el expolio de la Cámara Sana ¿A manos, como en tales casos suele afirmarse, de una sofisticada banda internacional? No: por mala obra y desgracia de vulgares delincuentes que creían hallar un inestimable botín, al peso, en aquello que ciertamente era de peso... pero la Historia con mayúsculas. A la vista de lo ocurrido y con el animo de prevenir atentados semejantes, el ministro de Cultura (a la sazón Pío Cabanillas) promete y decide elaborar una nueva ley de Patrimonio. ¿Para qué? se preguntaba uno entonces y con la misma pregunta sigue uno en labios de la estupefacción. ¿Una nueva ley? ¿No hubiera sido mas razonable aplicar a rajatabla la existente con todas sus previsiones y en lodos sus alcances?
A contar de tal día, los sucesivos ministros hicieron causa propia de semejante y ajena decisión. Y comenzaron a pergeñarse borradores y mas borradores (¡Nunca mejor dicho!) que complicaban y oscurecían la muy estricta y clara ley del 33, a la que, por otra parte y como vengo advirtiendo, no regateaban elogio. Y en ésas estamos, con el agravante ahora, según quedó también apuntado, de que el borrador va a tornarse proyecto y éste ley de segura aprobación. ¿Qué defectos pueden hallarse en la muy encomiable ley de 1933? Uno y no achacable a ella: su sistemático incumplimiento, del que no tienen culpa los que la redactaron y promulgaron, sino quienes fueron negligentes a la hora de hacerla cumplir. Tan lúcidamente alumbrada como sistemáticamente incumplida, la ley en trance de abolición no parece sino joya o reliquia histórica a incorporar en et propio patrimonio español.
Origen, cuño, contenido, claridad de concepto y concisión de articulado la hacen difícilmente mejorable o suplantable... y sólo, o cuando más, refundible. Propuesta por et ministro del ramo, que en circunstancia tal lo era Femando de tos Ríos, se encomendó la redacción de la ley de 1933 a verdaderos expertos en la materia (primerísimas figuras como Elías Tormo, Torres Balbás, Gómez Moreno..), viéndose minuciosamente cotejada con los documentos internacionales de la época (Carta de Atenas a la cabeza), a la luz del Derecho comparado.¿Vale decir otro tanto de la que en trance está de ir al Consejo de Ministros? La cuenta de los bogadores precedentes, con el suma y sigue de las mas “variopintas consultas”, ha terminado por trocar en el actual la pluma del experto por la tecla del burócrata.
En la ley del 33 quedaban plenamente maridados el espíritu “conservador” y la intención "socialista". Se trataba, en efecto, de un documento sumamente avanzado para aquella época y unívocamente dirigido a la “conservación” a ultranza de nuestro Patrimonio. Basándose en el dato incontestable de nuestra riqueza histórico-artística, dejaron muy en claro en el texto legal sus impulsores el carácter intervencionista (eminentemente “defensivo”) del Estado frente a foráneas apetencias. En el borrador que de camino va a la Moncloa se observa un incomprensible cambio de orientación hada el modelo “privatista”, tan ajeno a la realidad de nuestro país y a la consolidación de su Patrimonio como propio de los países “importadores” .
¿Otros puntos de discusión? Aparte del proceso elaborador que en el borrador de marras se ha seguido, su texto resurta pródigo en imprecisiones y confusiones tanto por lo que hace al ámbito de las competencias como en lo tocante a la delimitación de los plazos y consiguiente interpretación del “silencio administrativo”, pareciendo de difícil cumplimiento la "acción subsidiaria del Estado” y quedando en el aire el concepto de “minusvalor” a la hora de los beneficios fiscales. Ocasión habrá de traer al comentario otros y oíros cabos sueltos de difícil atadura. El borrador recién salido a la luz privada" le induce a uno a mantenerse en sus trece. Ni había causa suficiente ni valía la pena entregarse al proyecto de una nueva ley. Con haber refundido oportunamente la del 33 en vez de entonar prematuramente su réquiem, teníamos bastante.
ABC - 01/02/1984
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