El escudo y la bandera.
Memoria y diseños de los símbolos de la Comunidad Autónoma de Madrid.


LA BANDERA

La bandera de la Comunidad Autónoma de Madrid será de color rojo, con la misma encendida tonalidad que hoy ostenta el pabellón de ambas Castillas. Valga destacar que la adopción de dicho color imprime ya a la bandera de la Comunidad un signo legítimo y diferenciador que luego se verá doblemente corroborado. Situada en el centro de las dos Castillas (dos de las provincias limítrofes pertenecen a Castilla-León y tres a Castilla-La Mancha), de razón parece que la Comunidad madrileña haga doblemente suyo el tradicional color castellano.

¿Morado? ¿Carnesí? Resuelta debe quedar para siempre la infundada duda cromática. La aparición del morado como color específicamente distintivo de Castilla no se remonta más allá del siglo XVII y débese en parte a confusión promovida por el conde-duque de Olivares o derivadas, según cuentan, del "pendón morado" que él hacía ondear en un regimiento suyo, de nombre "Castilla". Con sobrada ironía alguien trajo al lance aquello del "pendón morado de Castilla, que no era ni pendón, ni morado, ni de Castilla". Era, en efecto, estandarte y no pendón. Lucía en él el rojo carmesí y no el morado. Mal podía por tal modo simbolizar a Castilla lo que tan ajeno le resultaba.

En cuanto al tinte "carmesí" conviene también hacer alguna precisión que incluye la propia etimología del vocablo. "Carmesí" proviene de la voz árabe "quermesí", que significa "del color del quermes". Es el "quermes" un insecto hemíptero del mismo género que la "cochinilla". Y si de ésta se obtuvo un color rojo encendido, de aquél se logró un "grana subido", llamado "carmesí". En él prepondera el matiz vivo del rojo sobre el apagado del grana, hasta el extremo de que, convertido en sustantivo, "carmesí" equivale a "tela de seda roja", sin otra diferencia
específica.

El color de la bandera de la Comunidad madrileña ha de ser del mismo rojo encendido que hoy, según dije, se imprime en el pabellón de ambas Castillas. ¿Hay algún precedente histórico por lo que a Madrid en concreto atañe? Un escudo acuartelado de 1222: "En dos de sus estancias, separadas por divisiones diagonales, figura la Osa pasante, paciendo en un campo de plata, y en las dos estancias opuestas cimentábase un castillo en rojo". Tal es la descripción que, debidamente ilustrada, se nos ofrece en el opúsculo de Carrascosa con la sugerencia deductiva de que el "rojo" campeaba en los dos cuarteles cimentadores de otros dos castillos (esos mismos dos castillos que no tardarán en volver al comentario).

Venga el dato a adornar de posible antigüedad el color "rojo" (sin más distingos) que ha de quedar impreso en la bandera de la Comunidad madrileña, centro o lazada, antes que división, de las dos Autonomías castellanas. Es éste uno de los puntos en que más énfasis queremos poner de entrada. Por su propia situación geográfica la relación entre la Comunidad madrileña y las dos Autonomías circunstantes exige un grado no menor de parentesco o entrañamiento; vínculo, como ya quedó dicho, o lazada entre la una y la otra Castilla, antes que radical separación o frontera estrictamente divisoria. La sola contemplación del mapa ahorra comentarios, que había de hacer no poco elocuentes la humana comunión entre las gentes y pueblos de aquende y allende los nuevos límites autonómicos. ¡Pruebe alguien a desmentir sustancia, cualidad o condición entre éstos y aquellos!.

Más comprobable se hace aún el caso a la luz de la historia; una historia que común les resulta como afín les fue su constitución o conformación y el resto de un acontecer esencialmente recíproco. Parte nueva y menor del viejo y mayor Reino de Toledo, nunca podrá desatar Madrid, con su naciente Autonomía, el lazo fraterno que por encima del límite administrativo le une a la Castilla manchega y a la avanzadilla, no menos fraternal, de la Castilla leonesa. De uno a otro extremo es paso encadenado el que guía la andanza por "los montes, puertos, valles y planicies" que en el siglo XVI señalaba López de Hoyos `si por vía de imaginación, por incitación, también, de los inmediatamente contemplado) a la hora de justificar símbolos y dar fundamento a lar armas.

Símbolos y armas de la Comunidad Autónoma de Madrid deben guardar en su "diferencia específica" estrecha y conveniente relación con el "género próximo" de su propia y subyacente castellanía. Su bandera habrá de ostentar el mismo encendido color que luce la de las dos Castillas a través de ella hermanadas, figurando en su escudo los dos castillos de que se acaba de dar simple noticia, y cumplida explicación hallarán más adelante. Más que indicativa parece la atención esmerada que en la constitución de la Comunidad Autónoma de Madrid se prestó a su muy particular vinculación a las dos Comunidades castellanas. Sirva, en fin, de refrendo jurídico (y valga para todas las otras ocasiones en que la cuestión aquí planteada vuelva a la letra del informe), lo que en el artículo 32.3, del Estatuto de la Autonomía textualmente se nos dice:

"La Comunidad Autónoma de Madrid, por su tradicional vinculación, mantendrá relaciones de especial colaboración con las Comunidades castellanas, para lo cual podrá promover la aprobación de los correspondientes acuerdos y convenios."

 
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